A- de 2017
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Fernando Carrillo Florez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se acepta el impedimento, por cuanto el Procurador actuó e intervino en el proceso de formación del Acto Legislativo sometido a control
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto se acepta el impedimento manifestado por el Procurador General de la Nación para emitir concepto dentro del expediente RPZ-003.
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley 262 de 2000, en armonía con el Decreto 2067 de 1991, se ordena a la Secretaría General de la Corporación correr traslado por el término que falte al Viceprocurador General de la Nación, para que rinda el concepto de que tratan los artículos 242-2 y 278-5 de la Constitución Política.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. ACEPTAR, con base en las razones expresadas en esta providencia, el impedimento manifestado por el Procurador General de la Nación para emitir concepto dentro del expediente RPZ-003.
- Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley 262 del 2000 y en armonía con el Decreto 2067 de 1991, ORDENAR a la Secretaría General de la Corte Constitucional que corra traslado por el término que falte al Viceprocurador General de la Nación, para que rinda el concepto de que tratan los artículos 242.2 y 278.5 de la Constitución Política.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.